Por el lado de AgendaPro cumplimos con los requisitos mencionados en la NOM-004, no obstante, muchos de los puntos de la norma deben ser realizados por las instituciones.
Por el lado de AgendaPro aseguramos:
Los expedientes clínicos se guardan por más de 5 años
Sistema de permisos para que solo acceda personal autorizado al registro de estos para proteger la información de los pacientes.
Se almacena toda la historia clínica bajo un mismo perfil de paciente
Personal de salud puede dejar su firma en cada uno de sus expedientes de manera digital.
Los expedientes clínicos son de propiedad de la institución y de los prestadores que los generan.
Registro de fecha, hora y usuario que realiza acciones sobre el expediente clínico.
Por el lado de la institución este debe asegurar:
Que todo expediente clínico contenga
5.2.1 Tipo, nombre y domicilio del establecimiento y en su caso, nombre de la institución a la que pertenece
5.2.3 Nombre, sexo, edad y domicilio del paciente
5.11 Las notas en el expediente deberán expresarse en lenguaje técnico-médico, sin abreviaturas.
6.1 Deberá elaborarla el personal médico y otros profesionales del área de la salud,
6.1.1 Interrogatorio.- Deberá tener como mínimo: ficha de identificación, en su caso, grupo étnico, antecedentes heredofamiliares, antecedentes personales patológicos y no patológicos, padecimiento actual (indagar acerca de tratamientos previos de tipo convencional, alternativos y tradicionales) e interrogatorio por aparatos y sistemas;
6.1.2 Exploración física.- Deberá tener como mínimo: habitus exterior, signos vitales , peso y talla, así como, datos de la cabeza, cuello, tórax, abdomen, miembros y genitales o específicamente la información que corresponda a la materia del odontólogo, psicólogo, nutriólogo y otros profesionales de la salud
6.1.3 Resultados previos y actuales de estudios de laboratorio, gabinete y otros;
6.1.4 Diagnósticos o problemas clínicos;
6.1.5 Pronóstico;
6.1.6 Indicación terapéutica.
6.2 Nota de evolución.